El estado de suspensión de una familia, niño o niña del programa es de forma preventiva con el fin de propender por la confiabilidad de la información reportada en el SIFA, por ello no se constituye en una sanción. Una vez se verifica la información, la familia, niño o niña puede pasar a estado “elegible inscrita” o a estado “retirada”, según los resultados obtenidos.
La suspensión puede presentarse por diversas situaciones:
Si la familia, niño o niña se encuentra en el estado “suspendido”, reunir los documentos según sea la causal de suspensión:
- Resolución 00178 del 23 de enero de 2017” Por la cual se adopta el Manual Operativo del Programa Más Familias en Acción – versión 4″.
- Manual operativo MFAVA4
- GuiaOperativaCondicionesdesalidaMFAV3
- Ley 1532 de 2012” Por medio de la cual se adoptan unas medidas de política y se regula el funcionamiento del programa Familias en Acción, hoy Más Familias en Acción”.
Última actualización: 7 Febrero, 2019