Publicado: 2008-07-07 00:00:00
La Secretaría Distrital del Hábitat identificó 1.035 hectáreas, que equivalen a 1.187 lotes, como aptos para desarrollar proyectos urbanísticos de Vivienda de Interés Social (VIS) o Vivienda de Interés Prioritario (VIP) en Bogotá.
La determinación se toma en el marco de la autorización que dio el Concejo de Bogotá en el Artículo 40 del Plan de Desarrollo ‘Bogotá Positiva: parar Vivir Mejor'. La medida garantiza la oferta de suelo para reducir el déficit de vivienda de interés social en la ciudad, dinamiza el suelo urbano y ayuda a controlar la urbanización ilegal.
El alcalde Mayor Samuel Moreno Rojas y la secretaría de Hábitat, Catalina Velasco Campuzano, hicieron el anuncio oficial después de más de un mes de trabajo, que implicó un detallado proceso de revisión de bases de datos y visitas en terreno a 15 localidades de la ciudad.
"En estos 1.187 predios, que corresponden a 1.035 hectáreas de suelo, podrán ser construidas 120 mil viviendas nuevas, aproximadamente", aseguró el mandatario distrital.
La declaratoria de desarrollo prioritario fue establecida en el Plan de Desarrollo Distrital en cumplimiento de la función social de la propiedad establecida en el Artículo 58 de la Constitución Política y teniendo en cuenta la necesidad de generar suelo urbanizado disponible para VIS o VIP.
En la actualidad existe en la ciudad un déficit de 307.900 viviendas y los terrenos identificados en el perímetro urbano de la ciudad servirían para construir 120.000 VIS, aproximadamente.
El Concejo también estableció en el Plan, que la Secretaría Distrital del Hábitat sea la encargada del seguimiento al cumplimiento de la declaratoria y, dado el caso, liderara el proceso de enajenación forzosa ordenado por el Alcalde, de acuerdo con lo establecido en la Ley 388 de 1997.
El próximo miércoles se hará la publicación en la Gaceta de Urbanismo y Construcción de la identificación de los terrenos. Además de las normas mencionadas, la declaratoria también se sustenta en la Ley 1151 de 2007 (Plan Nacional de Desarrollo) y el Plan de Ordenamiento Territorial (POT).
Los dueños de los predios identificados tendrán dos años para desarrollar proyectos de vivienda. De no cumplirse con la función social de la propiedad, el Alcalde expedirá una resolución ordenando la enajenación forzosa de los lotes que serán subastados públicamente con base en el avalúo comercial.
El Distrito no será el encargado de desarrollar los proyectos ni realizará inversiones públicas, lo subastará a otros particulares, que adquieren el compromiso de construir allí soluciones habitacionales.
Además de garantizar la oferta de suelo urbano para reducir el déficit de vivienda de interés social, la declaratoria de desarrollo prioritario permite dinamizar el suelo, integra las políticas sociales, económicas y ambientales -para el desarrollo de oferta de soluciones de vivienda- y ayuda a controlar la urbanización ilegal.
Para la identificación de predios, la Secretaría del Hábitat revisó su base de datos y también las de la Unidad Administrativa Especial de Catastro y de la Secretaría de Planeación. Adicionalmente, se visitaron más de 2.000 lotes en 15 localidades y se consultaron datos de las Curadurías Urbanas y la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos.
Cada predio identificado cuenta con una ficha de información técnica y jurídica y todos están georreferenciados por localidad.
La Secretaría Distrital del Hábitat tendrá un equipo de atención permanente para los propietarios e interesados y cualquier información sobre este tema se podrá consultar en la página web www.habitatbogota.gov.co/, en el correo desarrolloprioritario@habitatbogota.gov.co o en la línea telefónica 3813131