Registraduría Nacional del Estado Civil
Registro Civil de Nacimiento
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Este es un documento que se le otorga a los recién nacidos, como su documento de identidad.

Para la realización del trámite debe hacer lo siguiente:

  1. Diríjase a una de las siguientes Registradurías Auxiliares

  2. O acérquese a la Notaría más cercana
  3. Hospitales:

  4. Para inscripción de registro civil de nacimiento necesita de lo siguiente:

      • Los padres deben presentarse con el menor de edad antes de cumplir el mes de nacido.
      • Llevar los documentos de identidad originales de los padres.
        Certificado de Nacido Vivo expedido por el médico o la enfermera del hospital o clínica donde tuvo lugar el nacimiento o dos testigos mayores de edad.
      • Si el menor ya cumplió el mes de nacido, puede presentar la partida de bautismo o dos testigos mayores de edad junto con los documentos de identidad de los padres.

  5. Como respuesta usted obtendrá el Registro Civil de Nacimiento del recién nacido.

Tenga en cuenta:

  • La solicitud del trámite no tiene costo.

  • El registro civil de nacimiento se tramita en el municipio, corregimiento, ciudad o departamneto donde ocurrió el hecho.

  • Se puede realizar el registro del menor en Clínicas y Hospitales, para el reconocimiento de los derechos básicos de los niños y niñas colombianas.

  • Beneficios:

Inmediatez: Los padres del recién nacido no tienen que desplazarse posteriormente a Registradurías o Notarias para realizar este trámite.

Ahorro de tiempo: Un trámite más ágil y cómodo para la familia del recién nacido, pues le permite registrarlo antes de salir del centro de salud, clínica o hospital .

Seguridad: Le permitirá a la familia afiliar al bebé más rápidamente a los diferentes Sistemas de Seguridad en Salud para que éste comience  a gozar de los beneficios de los mismos.

  • Inscripción por correo

Las personas que se encuentren en un lugar diferente al de su nacimiento y les sea imposible acudir al lugar donde nacieron pueden solicitar la inscripción del registro civil de nacimiento por correo diligenciado un formulario que se obtiene en la registruduria de su localidad en original y copia ante el Registrador, para que éste verifique su diligenciamiento. El Registrador devolverá el formulario firmado al interesado para que lo envíe por correo, pague el valor del envío así como su devolución posterior. El registro será remitido al lugar en donde se solicitó o al lugar que el interesado designe en el formulario.

  • En caso de ser requerido consulte la normativa aplicable:

    Decreto 1260 de 1970  "Por el cual se expide el Estatuto del Registro del Estado Civil de las personas".
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Fecha última actualización: 2011-03-02 14:35:50
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¿Qué es esto?
El esquema arriba representa en el globo azul, los trámites que usted puede realizar antes de poder realizar el trámite sobre el que trata esta página.

En complemento, el globo amarillo representa los trámites que usted puede realizar una vez haya terminado el presente trámite del que trata esta ficha.

Use las flechas debajo de cada globo para revisar los demás prerrequisitos y trámites posteriores.

 
Normas

Anexos

Preguntas Frecuentes

Los resúmenes presentan en un listado abreviado los documentos o enlaces más importantes con los que cuenta cada servicio o trámite.

Si considera que debemos incluir algún enlace o documento adicional, por favor escríbanos al correo portalbogota@alcaldiabogota.gov.co.

 
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