Secretaría Distrital de Hacienda
Impuesto sobre Vehículos Automotores
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El Impuesto sobre Vehículos Automotores es un impuesto de carácter directo, que recae sobre los vehículos gravados y que se encuentren matriculados en el Distrito Capital.

Los responsables del impuesto son el Propietario(s) o Poseedor(es) del vehículo.

Se causa el 1º de Enero de cada año y su período es anual, comprendido entre el 1º de Enero y el 31 de Diciembre del respectivo año.

La base gravable para liquidar el impuesto está constituida por el valor comercial de los vehículos gravados, establecido anualmente mediante resolución expedida en el mes de noviembre del año inmediatamente anterior al gravable por el Ministerio de Transporte.  La base gravable para los vehículos que entran en circulación por primera vez está constituida por el valor total registrado en la factura de venta sin incluir el IVA, o cuando son importados directamente por el usuario propietario o poseedor, por el valor total registrado en la declaración de importación.

La Tarifa a aplicar para liquidar el Impuesto sobre Vehículos Automotores, es definida anualmente por el Ministerio de Hacienda, el cual establece las tarifas diferenciales según su valor comercial. Para la vigencia 2013, los valores absolutos son:

VEHÍCULOS PARTICULARES

RANGOS DE AVALÚO

TARIFA

Todos los automóviles, camperos, camionetas, Station Wagon, vehículos de carga y de pasajeros

Hasta $39.051.000

1.5%

Entre $ 39.051.000 y $87.866.000

2.5%

Más de $87.866.000

3.5%

MOTOCICLETAS

RANGOS DE AVALÚO

TARIFA

De más de 125 cm3

Todos los avalúos

1.5%

VEHÍCULOS PÚBLICOS

RANGOS DE AVALÚO

TARIFA

Todos los vehículos

Todos los avalúos

0.5%

Los vehículos se clasifican según las tablas del Ministerio de Transporte en:

  • Automóviles, camperos y camionetas
  • Motocicletas y motocarros
  • Servicio de carga
  • Transporte colectivo de pasajeros

Los Derechos de semaforización que deben ser cancelados junto con la declaración y pago del impuesto sobre vehículos automotores de todos los vehículos matriculados en Bogotá para la vigencia 2013 es de $39.000.

Las Fechas de Vencimiento de la vigencia 2013 son:

  • Con descuento del 10%: hasta el 3 de Mayo de 2013
  • Sin descuento ni sanción: hasta el 5 de Julio de 2013

El Valor de la Sanción Mínima Vigente para el año 2013 es de $157.000

Los siguientes son los trámites asociados al Impuesto sobre Vehículos Automotores: 

Análisis de Cuenta - Impuesto sobre Vehículos


Certificación de Pagos - Impuesto sobre Vehículos
Corrección por Mayor Valor - Impuesto sobre Vehículos
Devolución y Compensación - Impuesto sobre Vehículos
Estado de Cuenta - Impuesto sobre Vehículos
Facilidad de pago - Impuesto sobre Vehículos
Liquidación 2013 - Impuesto sobre Vehículos
Liquidación 2012 y años anteriores Impuesto sobre Vehículos
Relación de Pagos - Impuesto sobre Vehículos
Solicitud de Corrección por Menor Valor - Impuesto sobre Vehículos

Usted cuenta con las siguientes opciones para obtener la liquidación del Impuesto sobre Vehículos Automotores, así como información adicional referente al tributo:

  1. A través de internet,
  2. Comunicándose con la Línea Bogotá 195 podrá solicitar una cita para ser atendido en un SuperCADE; una vez asignada la cita, acuda 15 minutos antes de la hora indicada.

  3. Diríjase sin cita previa a uno de los siguientes puntos de atención:

    SuperCADE Américas
    SuperCADE Bosa
    SuperCADE CAD
    SuperCADE Calle 13
    SuperCADE Suba
    SuperCADE 20 de Julio

Tenga en cuenta:   

  • El trámite es totalmente gratuito.
     
  • El impuesto sobre vehículos no permite hacer pagos parciales o acuerdos de pago, lo que significa: "Si usted declara, paga inmediatamente, de lo contrario, su declaración se dará por no presentada".

  • Si desea información adicional comuníquese con un asesor tributario llamando a la Línea 195 de Lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. y Sábado: 8:00 a.m. a 11:00 a.m.

  • Si lo desea puede consultar las Preguntas frecuentes relacionadas con el impuesto.

  • Para obtener mayor información ingrese a la página web de la Secretaría Distrital de Hacienda

  • En caso de ser requerido consulte la normatividad aplicable:

    Resolución 508 del 27 de diciembre de 2012, "Por la cual se establecen los lugares, plazos y descuentos que aplican para cumplir con las obligaciones formales y sustanciales para la presentación y el pago de los tributos administrados por la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, DIB"

    Resolución 11176 del 30 de noviembre de 2012, "Por la cual se establece la base gravable de los vehículos automóviles, camperos, camionetas, motocicletas y motocarros para el año fiscal 2013".

    Resolución 11177 del 30 de noviembre de 2012, "Por la cual se establece la base gravable de los vehículos de carga y colectivo de pasajeros, para el año fiscal 2013".
     
    Decreto 613 del 31 de diciembre de 2012, "Por el cual se implementa para el año 2013 el mecanismo de aportes voluntarios".

    Acuerdo 469 del 22 de Febrero de 2011 "Por el cual se establecen medidas especiales de Pago de Tributos en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones".

    Resolución 005194 del 10 de Diciembre de 2008 "Por medio de la cual se establece un procedimiento especial para el Registro de Propiedad de un vehículo a persona indeterminada y se dictan otras disposiciones".

    Resolución 003275 del 12 de Agosoto 2008 "Por la cual se reglamenta el cambio de propiedad de un vehículo por traspaso".

    Decreto 352 del  15 de Diciembre de 2002. "Por el cual se compila y actualiza la normativa sustantiva tributaria vigente, incluyendo las modificaciones generadas por la aplicación de nuevas normas nacionales que se deban aplicar a los tributos del Distrito Capital, y las generadas por acuerdos del orden distrital".

    Decreto 807 del 17 de Diciembre de 1993 "Por el cual se armonizan el procedimiento y la administración de los tributos distritales con el Estatuto Tributario Nacional y se dictan otras disposiciones"
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Fecha última actualización: 2013-06-04 16:01:22
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Los resúmenes presentan en un listado abreviado los documentos o enlaces más importantes con los que cuenta cada servicio o trámite.

Si considera que debemos incluir algún enlace o documento adicional, por favor escríbanos al correo portalbogota@alcaldiabogota.gov.co.

 
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