Secretaría de Educación del Distrito
Subsidio de Transporte Condicionado a la Asistencia Escolar
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Es un beneficio otorgado por la Secretaría de Educación del Distrito (SED) para cubrir costos de transporte de ida y regreso al colegio, condicionada al cumplimiento del compromiso de asistencia a clase durante el calendario académico, dirigido a estudiantes a quienes la Secretaría de Educación asigne cupo escolar en un colegio oficial a más de dos (2) kilómetros de distancia del lugar de residencia, en el Distrito Capital.

Retiros pendientes subsidios
 
Es importante recordar a todos los beneficiarios de los subsidios condicionados (Educativo y de Transporte) que deben realizar el retiro total del dinero consignado, antes del 28 de febrero de 2013 o de lo contrario perderán el beneficio del subsidio y el dinero consignado.

Inscripción para beneficios 2013 (Rutas y Subsidio de Transporte)

Los estudiantes que realizaron inscripciones en la primera fase entre el 19 de noviembre y el 14 de diciembre de 2012, pueden consultar la respuesta a su solicitud del 8 al 31 de enero, haciendo clic aquí.

A partir del próximo lunes 14 de enero de 2013 se abre la segunda fase de inscripciones por internet para aquellos estudiantes de los colegios distritales que desean obtener el Beneficio Condicionado "Movilidad Escolar", el cual hace referencia a ruta escolar o subsidio de transporte. Este proceso de inscripción, lo realiza de manera individual el papá, la mamá, o quien tenga la custodia legal del menor, y los estudiantes mayores de 16 años.

Los estudiantes interesados en recibir el beneficio de Ruta Escolar y Subsidio de Transporte para el año 2013, pueden diligenciar por internet la solicitud desde el 14 de enero hasta el 15 de febrero de 2013, ingresando al enlace Subsidios de la página web de la Secretaría de Educación www.sedbogota.edu.co, o haciendo clic aquí.

Este beneficio se otorgará únicamente para aquellos estudiantes a quienes la SED les asigne la matrícula en un colegio distante, en caso de carecer de cupos educativos en la zona de residencia y que cumplan con los requisitos.

Nota:
Los requisitos actuales están sujetos a cambios, según se defina en la nueva resolución que reglamente el transporte escolar.

  • Para acceder al Subsidio de Transporte, se debe cumplir con los siguientes requisitos:

Requisitos

Condición

Domicilio

Bogotá D. C.

Lugar de residencia

Se dará prioridad a las personas que residan en las zonas  deficitarias de cupos escolares de las siguientes localidades: San Cristóbal, Usme, Bosa, Kennedy, Engativá, Suba, Rafael Uribe y Ciudad Bolívar.

Carencia de cupos escolares

Falta de cupos escolares en colegios a menos de dos (2) kilómetros del lugar de residencia del estudiante.

Matrícula

Colegio Oficial zona urbana.

Jornada

Diurna.

Grado (*)

0º a 11º grado.

Edad

Menor de 19 años.

Distancia Casa-Colegio

Más de 2 km.

Inscripción

En los lugares, fechas y plazos establecidos por la DBE.

Otros

No ser beneficiario de otro subsidio por transferencia monetaria otorgado por la Secretaría de Educación.

La Dirección de Bienestar Estudiantil podrá asignar subsidios de transporte condicionados a la asistencia escolar a los estudiantes a quienes la Secretaria de Educación del Distrito les otorgue un cupo en un colegio lejano a su lugar de residencia que le brinde la educación especial que requiere según su condición. Se entenderán como casos excepcionales en la asignación los siguientes grupos de población:
 

Población

Tipo de Colegio

Grado

Edad

Requisito Específico

Estudiantes con Necesidades Educativas Especiales NEE.

Oficial o privado en convenio

Transición a 11º grado

Menor de 19 años

Valoración médica del 2011 de EPS, EPS subsidiada o régimen de salud al que pertenece, que especifique la condición de discapacidad a la cual hace referencia padre - madre y/o acudiente y el proceso de atención en salud.

Estudiantes en  condición de discapacidad

Menor de 19 años

Estudiantes con talentos excepcionales

Transición a 11º grado

Hasta 14 años

Valoración de coeficiente intelectual, certificada por profesional de la salud (Psicólogo Clínico) o universidad con facultad de psicología.

Estudiantes en extra edad

Oficial

Grados 6º y 7º

Mayor de 14 años y menor de 19 años

No aplica

  • La Dirección de Bienestar Estudiantil, verificará y evaluará la situación particular y determinará la viabilidad de otorgar el valor de un subsidio mensual adicional, en los casos en que el beneficiario requiera de un acompañante para su desplazamiento. Solo se asignará un (1) subsidio adicional por familia cuando la evaluación de la solicitud lo indique.

  • En caso que el estudiante haya sido seleccionado como beneficiario del subsidio de transporte, adquiere las siguientes obligaciones:
    1. Formalizar ante la Secretaría de Educación del Distrito la aceptación del subsidio, mediante la firma del acta de compromiso donde asume las obligaciones y condiciones adquiridas con este beneficio. Para esto deben ingresar a la página web de la Secretaría de Educación en el enlace Subsidios, diligenciar y descargar el acta de compromiso, adjuntarle los documentos requeridos y entregarlos en el sitio donde se les cita.

    2. Asistir a clase durante todos los días del calendario escolar.

    3. Informar por escrito al Colegio y a la Dirección Local de Educación (antes CADEL) dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la ocurrencia de cualquier novedad. (Cambio de dirección de residencia, traslado de colegio, retiro del sistema educativo, actualización de datos personales.)

    4. Permanecer en el colegio para el cual fue asignado el beneficio.

    5. Efectuar el retiro total del valor del subsidio consignado antes del 28 de febrero del siguiente año escolar.
  • Los estudiantes perderán en forma definitiva el beneficio de transporte escolar en caso de presentarse alguna de las siguientes causales:
    1. Presentación de documentación falsa o que induzca al error a la administración.

    2. Superar diez (10) inasistencias injustificadas durante el año escolar.

    3. Incumplir con los requisitos de asignación.

    4. Perdida del año escolar.

    5. No retirar el valor total del subsidio de transporte conforme a lo establecido en la resolución reglamentaria.
  • El subsidio se paga a través de entidades financieras legalmente autorizadas y previamente seleccionadas por la Secretaría de Hacienda Distrital. Todos los pagos están sujetos a las respectivas verificaciones de asistencia a clases y se hará en concordancia con las fechas establecidas en el cronograma.

  • El Subsidio de Transporte Condicionado a la Asistencia Escolar tiene un valor máximo de $75.000 mensuales para los beneficiarios que cumplan con la asistencia a clase todos los días del año escolar.

  • El Subsidio consiste en cinco pagos de $150.000 en el año, que se consignan cada dos meses, en caso que el beneficiario no asista al colegio, se descontará la suma de $3.750 por cada día de inasistencia.

  • El año escolar está compuesto por diez (10) meses, divididos en cinco (5) ciclos o bimestres y para cada uno de ellos se efectuará el pago según el tipo de subsidio.

    TIPO

    GRADO

    MODALIDAD

    VALOR 2012

    1

    8º a 11º

    Sencillo

    $ 150.000

    2

    O a 7º

    Doble

    $ 300.000

  • En los casos de la modalidad de subsidio doble, solo se entregará uno por familia cuando los estudiantes se encuentren en la misma institución y jornada, en caso contrario se evaluará la situación particular.

Los beneficiarios deben mantener presente las siguientes instrucciones del manejo de la tarjeta bancaria:

  1. El retiro del dinero y las consultas de saldo, solo se podrán realizar en cajeros del Banco de Bogotá, Banco Av. Villas, Banco Popular y Banco de Occidente.

  2. En el mes podrán hacer tres consultas de saldo gratis a través del cajero automático, a partir de la cuarta transacción tendrá un costo de $970.

  3. Realizar transacciones en otros cajeros tiene un costo de $3.500, los cuales son descontados del valor del subsidio.

  4. Para consulta de saldo, pérdida de la tarjeta bancaria o en caso que olviden la clave, se pueden comunicar a la línea telefónica de VISA: 327 86 60. Al llamar debe tener presente el número de identificación o código SED, que es el número que aparece en la parte inferior de la tarjeta y empieza por 91.

Tenga en cuenta: 

  • Si presenta alguna dificultad relacionada con los pagos debe consultar; pues cada caso es independiente y necesita revisión.

  •  Para mayor información comuníquese al teléfono número: 324 10 00 extensiones: 4003 - 4004.

  • Puede  escribir al correo electrónico subsidioeducativo@sedbogota.edu.co

En caso de ser requerido consulte la normativa aplicable:

Acuerdo 273 de 2007 "por medio del cual se establecen estímulos para promover la calidad de la educación en los colegios oficiales del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones".

Resolución 311 de 2012 "Por el cual se reglamentan las condiciones generales del beneficio de transporte escolar de la Secretaría de Educación del Distrito en sus dos modalidades: Ruta Escolar y Subsidio de Transporte, condicionados a la asistencia escolar."

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Fecha última actualización: 2013-06-11 09:09:21
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